El beneficio que permite obtener una rebaja de nueve puntos porcentuales del IVA al pagar con medios electrónicos en restaurantes y otros servicios vinculados al turismo continuará vigente en Uruguay.
La medida, que vencía el 30 de setiembre de 2026, fue prorrogada por el Poder Ejecutivo y continuará aplicándose hasta el 30 de abril de 2027.
La continuidad del beneficio llegó después de que durante las últimas horas surgiera una controversia en torno a una comunicación anterior de la Dirección General Impositiva (DGI), que indicaba que a partir del 1.º de octubre la reducción pasaría de nueve a cinco puntos de IVA.
¿Qué pasó con la rebaja del IVA?
La devolución de nueve puntos porcentuales del IVA ya tenía fecha de vencimiento: el beneficio anterior estaba vigente hasta el 30 de setiembre de 2026.
Una publicación realizada por la DGI en mayo había señalado que, desde el 1.º de octubre, la reducción pasaría a ser de cinco puntos porcentuales de IVA. Esa información generó cuestionamientos políticos y abrió una discusión sobre el tratamiento tributario de estos servicios.
Finalmente, el Poder Ejecutivo emitió un nuevo decreto y decidió mantener la rebaja de nueve puntos, extendiéndola hasta el 30 de abril de 2027.
Desde el gobierno se fundamentó la decisión en la conveniencia de continuar impulsando la actividad del sector turístico.
¿Cuánto descuento representa realmente?
Un punto importante es que hablar de una “rebaja de nueve puntos de IVA” no significa que el consumidor tenga un descuento directo del 9% sobre el precio final.
Los servicios alcanzados están gravados con la tasa básica de IVA del 22%. La reducción de nueve puntos porcentuales de IVA se traduce en un beneficio equivalente a aproximadamente 7,38% de descuento sobre el importe final de la operación.
Por ejemplo, ante un consumo de $2.000, el beneficio equivalente sería de aproximadamente $147,60, siempre que la operación cumpla con las condiciones establecidas para acceder a la devolución.
Si la rebaja hubiera pasado a cinco puntos porcentuales, como se había informado inicialmente para octubre, el descuento efectivo sobre el precio final habría sido de aproximadamente 4,1%.
¿En qué servicios se aplica?
El beneficio alcanza a distintos servicios gastronómicos y turísticos, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la normativa.
- Restaurantes.
- Bares.
- Cafeterías.
- Cantinas y establecimientos similares.
- Servicios gastronómicos prestados por determinados establecimientos turísticos, siempre que no correspondan al servicio de hospedaje.
- Catering para fiestas y eventos.
- Otros servicios vinculados a eventos.
- Alquiler de vehículos sin chofer.
- Intermediación en el alquiler de inmuebles destinados a fines turísticos.
- Visitas guiadas y degustaciones en establecimientos enoturísticos.
El beneficio también alcanza a consumidores residentes y no residentes en Uruguay.
¿Hay que hacer algún trámite para obtenerlo?
No. El consumidor no tiene que realizar un trámite adicional para solicitar la devolución.
El beneficio se genera al utilizar los medios de pago habilitados y es aplicado posteriormente por la entidad administradora del instrumento de pago.
Esto significa que el comprobante de la compra puede emitirse por el importe total del consumo, mientras que el beneficio aparece posteriormente en la liquidación correspondiente del medio de pago.
¿Qué medios de pago permiten acceder?
La rebaja está vinculada al pago mediante tarjetas de crédito, tarjetas de débito y otros instrumentos de dinero electrónico comprendidos por la normativa.
Por lo tanto, no se trata de un descuento que el restaurante tenga que aplicar manualmente sobre el precio del menú: el beneficio se genera a través del sistema de pagos y es reflejado por la entidad correspondiente.
La polémica que generó el cambio
La continuidad del beneficio estuvo precedida por una discusión política. La comunicación de la DGI que indicaba que la rebaja bajaría de nueve a cinco puntos a partir del 1.º de octubre fue cuestionada públicamente por dirigentes de la oposición.
Entre las críticas, legisladores opositores señalaron que una reducción del beneficio podía afectar la competitividad del sector turístico y gastronómico y cuestionaron la forma en que se había comunicado la modificación.
Desde la oposición, además, algunos dirigentes interpretaron la posterior decisión de mantener los nueve puntos como una “marcha atrás” del gobierno luego de los cuestionamientos públicos. Esa interpretación fue atribuida a dirigentes opositores y no constituye la explicación oficial del Poder Ejecutivo.
Desde el oficialismo, en cambio, la senadora Liliam Kechichian cuestionó lo que consideró un apresuramiento en las críticas, mientras que el senador Javier García sostuvo que el gobierno había retrocedido ante los cuestionamientos.
¿Hasta cuándo estará vigente?
Con la nueva prórroga, la rebaja de nueve puntos porcentuales de IVA continuará vigente hasta el 30 de abril de 2027.
De esta manera, quienes utilicen los medios de pago habilitados para consumir en los servicios comprendidos podrán continuar accediendo al beneficio durante la temporada de verano 2026-2027.
En resumen
- Beneficio: rebaja de 9 puntos porcentuales del IVA.
- Descuento efectivo aproximado: 7,38% sobre el precio final.
- Medios de pago: tarjetas de crédito, débito y otros instrumentos de dinero electrónico habilitados.
- Incluye: restaurantes, bares, cafeterías y otros servicios gastronómicos y turísticos.
- También alcanza: determinados servicios de eventos, alquiler de vehículos sin chofer e intermediación en alquileres turísticos.
- Beneficiarios: residentes y no residentes.
- Vigencia: hasta el 30 de abril de 2027.
La medida busca mantener un beneficio que se ha prorrogado en distintas oportunidades y que el Poder Ejecutivo justifica como una herramienta para continuar impulsando la actividad turística.
Información elaborada a partir de publicaciones de El País, Montevideo Portal y El Observador consultadas el 1.º de octubre de 2026. Para conocer el alcance exacto del beneficio y sus condiciones, recomendamos consultar la normativa vigente.
